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Por el cambio de año, debe tener presente la siguiente información:
Los cotizantes independientes (tipos de cotizante 3, 16, 41, 42 y 43) que pagaron un IBC correspondiente al salario mínimo $536.000 durante 2011, para el periodo de cotización enero de 2012 deben realizar sus aportes con el mismo IBC de 2011.
Los empleadores que realizan aportes a los demás tipos de cotizantes diferentes a los independientes (3, 16, 41, 42 y 43), comenzarán a realizar sus pagos con el valor del salario mínimo de 2012 a partir del periodo de cotización enero de 2012.
Los cotizantes beneficiarios de UPC (tipo de cotizante 40) a partir de enero de 2012 deben realizar sus aportes con la tarifa emitida por la Comisión de Regulación en Salud (Cres).
Para conocer el Decreto 4919 del 26 de diciembre de 2011, en el que se ajusta el valor del salario mínimo de 2012, haga clic aquí.
Si usted elabora la planilla en línea, tenga en cuenta la siguiente información:
Elaboración planilla
Al ingresar a la aplicación por el menú Autoliquidación de aportes / Planillas en línea y hacer clic en el filtro periodo de cotización, automáticamente el sistema mostrará un cuadro donde debe seleccionar mes y año de liquidación actual para cada tipo de aportante.
Para el cotizante Independiente debe seleccionar el año 2012 y mes de enero

Para los Empleadores que pagan las novedades de diciembre deben seleccionar mes de diciembre año 2011

Importante: Si va a realizar pago adelantado o vencido por favor modifique la información existente y verifique que el mes y el año ingresado sea el correcto.
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